jueves, 28 de mayo de 2015

SANCIONADOS EN 1ra DIVISION

PUNTO 08º) HONORABLE TRIBUNAL DE DISIPLINA

Art.1º) – Sancionar al jugador de Primera División del Club Barrio Castello: Poizón Hugo Alberto, Carnet Nº 0773 con la suspensión
de 1 (un) partido, en virtud de lo dispuesto en los Art. 207 Inc. M, del R.T.P.-
Art.2º) – Sancionar al jugador de Primera División del Club San Lorenzo: Vargas Víctor Hugo, Carnet Nº 3875 con la suspensión de 1
(un) partido, en virtud de lo dispuesto en los Art. 207 Inc. M, del R.T.P.-
Art.3º) – Sancionar al jugador de Primera División del Club Sportivo Ferroviario: Poizón José Ignacio, Carnet Nº 3870 con la
suspensión de 3 (tres) partidos, en virtud de lo dispuesto en los Art. 200.8, del R.T.P.-
Art.4º) – Sancionar al jugador de Primera División del Club Sportivo Ferroviario: Blanco Pedro Ramón, Carnet Nº 2118 con la
suspensión de 4 (cuatro) partidos, en virtud de lo dispuesto en los Art. 204 y 185, del R.T.P.- Más dos meses para ejercer la capitanía Art.
211 del R.T.P.-
Art.5º) – Sancionar al jugador de Primera División del Club Sportivo Ferroviario: Cardozo Hernán Andrés, DNI Nº 35.913.549 con la
suspensión de 1 (un) partido, en virtud de lo dispuesto en los Art. 207 Inc. M, del R.T.P.-
Art.6º) – Sancionar al jugador de Primera División del Club Atlético Mercedes: Barbona Walter Alejandro, Carnet Nº 5635 con la
suspensión de 1 (un) partido, en virtud de lo dispuesto en los Art. 207 Inc. M, del R.T.P.- Más un mes de asesoría para ejercer la capitanía
Art. 211 del R.T.P.-
Art.7º) – Sancionar al jugador de Primera División del Club Atlético Mercedes: Contreras Matías Brian, Carnet Nº 3346 con la
suspensión de 1 (un) partido, en virtud de lo dispuesto en los Art. 207 Inc. M, del R.T.P.-
Art.8º) – Sancionar al jugador de Primera División del Club Sportivo Ferroviario: Grebe Esteban Adolfo, Carnet Nº 6504 con la
suspensión de 1 (un) partido, en virtud de lo dispuesto en los Art. 207 Inc. M, del R.T.P.-