martes, 13 de octubre de 2015

TORNEO PROVINCIAL: COMUNICADO DE PRENSA

COMUNICADO Nro 1/15 DEL COORDINADOR
En uso de las atribuciones que le otorga el Articulo Nro 85 y Nro 86 al COORDINADOR GENERAL DEL TORNEO y dado la cantidad enorme de partidos suspendidos (10 sobre 16 posibles) se resuelve lo siguiente:
1) Los partidos suspendidos quedan exceptuado por única vez de jugarse días hábiles (martes a viernes) y lo deberán hacer el sábado o domingo de acuerdo a lo reglamentado.
2) Recordar que la suspensión de un partido es facultad exclusiva del ARBITRO (Art 79 ) en lo referente al campo de juego (terreno blando, cancha alquilada etc etc etc).
3) La suspensión anticipada de un Presidente de Liga esta acordado pero no reglamentado por razones objetivas del hecho (lluvia caída, pronóstico de tiempo, imponderables atendibles etc , etc)
4) Dicha suspensión debe estar sostenida por fotografía instantánea de la cancha, en especial la parte o el sector más comprometido a los efectos de poder valorar ON LINE la situación.
5) El Art 80 habla de jugarse al día siguiente de la suspensión y esto es así en caso de jugarse el día sábado o previo a un día feriado. Como la Federación debe fijar la nueva fecha se hace la aclaración que lo hará a las 48 Hs o 72 Hs o 96 Hs Hs.
6) Se aclara esto porque algunas Ligas y/o clubes pretenden designar el día y hora que más le conviene, sin tener presente que este es un Torneo a Simple Eliminación y hay un rival que lo esta esperando .
7) La suspensión SOSPECHOSA de un partido (ya ocurrió), le puede costar caro al local si el club visitante decide junto con el árbitro designado concurrir a dicho Estadio a jugar el partido programado.
8) Se solicita que para mañana al medio día, los locales fijen día y hora de su partido